Fotografía de la última concentración realizada en Madrid de@frlorente. |
La plantilla del
FOGASA (Fondo de Garantía Salarial), convocada por CCOO y UGT, viene realizando concentraciones de protesta
para denunciar el colapso que padece este organismo. Este colapso supone un drama para más de 40.000 personas sólo en la Comunidad de Madrid, que junto a
Barcelona y Valencia son los lugares donde más expedientes se acumulan. El
retraso en las diferentes unidades supera los 214.000 expedientes, teniendo en
cuenta que cada expediente puede incluir a varios trabajadores. Por ejemplo,
los 1.500 expedientes de Orizonia, afectan a 3.500 trabajadores.
El pasado mes de
septiembre, FOGASA decidió “externalizar” la gestión de 180.000 expedientes que
pueden afectar 210.000 trabajadores. De estos, se han solventado unos 2.500.
Siguen acumulados 208.700 que afectan a unas 230.000 personas mientras las
empresas siguen enviando plantillas al Fondo de Garantía Salarial. La
“externalización” ha salido cara. Se ha gastado más de 3,5 millones de euros, pues
cada expediente resuelto ha costado 25 euros. Sin embargo, cuando se propuso el
“parche” de que la plantilla desatascara la situación “fuera del horario de
trabajo”, cada expediente resuelto tenía un coste de 1,50 euros.
El FOGASA es…
…un organismo
autónomo de carácter administrativo adscrito al Ministerio de Empleo y
Seguridad Social, con personalidad jurídica y capacidad de obrar para el
cumplimiento de los fines establecidos en el Estatuto de los Trabajadores.
Su finalidad básica
es la de Institución de garantía de los créditos salariales ante la insolvencia
del empleador.
Tiene atribuido el
abono a trabajadores y trabajadoras de los salarios e indemnizaciones que las
empresas para las que trabajan no han podido satisfacer por encontrarse en
situación legal de insolvencia o por haber sido declaradas en situación de
concurso.
Entre sus finalidades
complementarias destaca el apoyo o protección a las empresas en situación de
crisis, dado que fomenta el mantenimiento del empleo y la continuidad
empresarial, mediante el abono de ciertas prestaciones sin obligación de
restitución ("a fondo perdido"), el pago de prestaciones sin
necesidad de declaración de insolvencia empresarial (la llamada “insolvencia
técnica" o en casos de fuerza mayor), y la posible suscripción convenios
de devolución aplazada o fraccionada de las cantidades abonadas por el
Organismo.
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